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El presente trabajo de investigación tuvo por objeto analizar la acción de amparo constitucional como medio de control constitucional contra las decisiones emanadas de la Justicia de Paz, determinando la problemática legal y jurisprudencial que se genera actualmente respecto a la competencia para conocer de dicha acción, ya que ni la Ley de Justicia de Paz anterior ni la vigente resuelven el tema de la competencia para conocer de las acciones de amparo, sino que establecen la posibilidad de recurrir de las mismas a través de la apelación, o revisión por parte del propio juez de paz, siendo ello totalmente contradictorio a la conformación del sistema de justicia ya que la justicia de paz al no formar parte del poder judicial mal podría tener una Alzada u órgano superior en la estructura de la jurisdicción ordinaria, ante lo cual el presente trabajo presentó algunas soluciones prácticas. Para ello se estudió la jurisdicción especial de justicia de paz, las competencias que le han sido atribuidas por Ley, y las dificultades que la misma presenta al tratarse de jueces que no requieren ser abogados de profesión y que deciden conforme a la equidad, determinándose que dicho sistema está conformada contrariando los principios y garantías constitucionales establecidos en los artículos 49 y 257 de la Constitución, invadiendo competencias de los jueces ordinarios, lo cual necesariamente requiere una reforma sustancial. |
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